Allá por el año 2012 tuve que empollarme el Derecho Laboral. Una de los temas que más me sorprendió fue el dedicado a la huelga. No es que me sorprendiera, es que cuando me lo estudié casi me quedé muerta. La razón de ello es la normativa que regula el derecho de huelga.

En primer lugar, la Constitución Española habla de la huelga en el artículo 28.2:

“Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.”

huelga

Visto esto, cualquiera se preguntaría… ¿dónde está la Ley? La respuesta es que esa ley no existe. Y mira que han tenido tiempo para redactarla.

No hay una ley orgánica , pero sí normativa, y ahora es cuando hay que agarrarse al asiento para no caerse. La normativa que regula la huelga es TODAVÍA el Real Decreto-Ley 17/1977 (lees bien, un Decreto-Ley anterior a la Constitución Española). Después, este Decreto-Ley fue objeto de un recurso de inconstitucionalidad resuelto por la correspondiente sentencia del Tribunal Constitucional en 1981.

En conclusión, que la regulación vigente del derecho a la huelga está en el decreto mencionado de 1977 que vendrá acompañado por la sentencia del constitucional de 1981, necesaria para interpretar este Decreto-Ley.

Como véis, todo supermoderno y megafashion.

En realidad, yo tenía este post pensado para más adelante, pero hace pocos días ví algo en el periódico que me rompió los esquemas y tampoco lo quería dejar pasar. Parece que el Gobierno tiene la intención de plantear una ley para regular los servicios mínimos. Ya el presidente González lo intentó en 1993.

Cuando leo algo así me quedo con la mosca detrás de la oreja. Ayayayayay…..si esto no se ha hecho antes es porque no hay forma humana de alcanzar un acuerdo. Patronal, partidos políticos, SINDICATOS….. a ver qué pasa. Aquí hay algo raro, alguien por ahí no está interesado en que esto salga adelante.

Respeto me da.

 

Fuente: MANUAL DE DERECHO DEL TRABAJO. Autor: GARCÍA-PERROTE ESCARTÍN, Ignacio. Editorial: TIRANT LO BLANCH