A estas alturas todos sabréis de la existencia de las mareas ciudadanas.
Hoy quiero hablar de la “mía”, la Marea Naranja. Os dejo el blog de Marea Naranja Aragón.
Hace algo más de un año, unas personas de Marea Naranja Aragón decidieron promover una iniciativa que ha resultado bastante fructífera. Se trata del “Espacio de información, promoción y defensa de los Derechos Sociales“. El Espacio se reune semanalmente. Se hablan de temas relacionados con los derechos sociales, se organizan concentraciones y también si tienes algún problema concreto con ciertas ayudas que crees que te han denegado injustamente (becas de comedor, empleo, dependencia, ayudas de urgencia) ellos te echan una mano. Por poner un ejemplo: Han dejado de pagarte la prestación por desempleo y crees que no tienen razón. Entonces puedes ir al Espacio, les enseñas documentación, cartas que te han llegado, y ellos (hay trabajadores sociales experimentados) te pueden orientar a ver si se puede hacer algo o no, que no siempre se puede. Para más información dejo el blog del Espacio.
En cuanto a las concentraciones mensuales que se organizan, las últimas van dirigidas a tratar de impedir que salga adelante la nueva Ley del Ingreso Aragonés de Inserción, conocido por las siglas IAI, como he escrito en el título de esta entrada. El IAI es lo que se conoce como Renta Mínima de Inserción, desde el punto de vista del concepto. Y digo concepto porque en cada Comunidad Autónoma esta prestación se denomina de manera diferente.
En definitiva, según las reformas que el gobierno aragonés quiere llevar a cabo, no te corresponde el IAI si: -No tienes dos años de empadronamiento en la Comunidad de Aragón y en caso de ser extranjero, si no tienes el permiso de residencia con dos años de antigüedad. -Si tienes menos de 25 años, a menos que tengas hijos a tu cargo o personas con discapacidad. -Si tienes más de 65 años, a menos que no tengas derecho a una pensión no contributiva. -Si lo has percibido tres años consecutivos. -No podrás ser titular del IAI si cobras: una prestación por desempleo, un subsidio por desempleo, la RAI, o si estás matriculado en cualquier fase del sistema educativo. No solo pone difícil el acceso al IAI sino que cambia muchas de las condiciones para valorar tu situación y disminuye la posible cuantía que te pueda corresponder. Además de esto, está el problemas de los retrasos a la hora de percibirlo.
Una aclaración: La RAI (Renta Activa de Inserción), si a alguien no le suena, es un tipo de prestación económica que se solicita en las oficinas de empleo. No confundir con las rentas mínimas de inserción, gestionadas por el Sistema Público de Servicios Sociales. Dejo aquí más información sobre la RAI.
A Marea Naranja y el Espacio de Derechos Sociales, gracias por todos los pasos que dáis. Porque necesitamos justicia social, no caridad. Os aconsejo que visitéis las páginas que he enlazado y si sois de otra Comunidad Autónoma, que busquéis información sobre las actuaciones de Marea Naranja en vuestra tierra.
Aunque puede resultar algo largo al principio, he creído conveniente hacer un resumen del tratamiento que se da a la Educación, Sanidad, Seguridad Social y Servicios Sociales en la Constitución Española de 1978.
Título I: De los derechos y deberes fundamentales
Capítulo II: Derechos y libertades
Sección I: De los derechos fundamentales y libertades públicas
Artículo 27
1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
Capítulo III: De los principios rectores de la política social y económica
Artículo 41
Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.
Artículo 43
1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.
2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.
3. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio.
Artículo 49
Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos.
Artículo 50
Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio
Título VII: Economía y Hacienda
Artículo 129
1. La ley establecerá las formas de participación de los interesados en la Seguridad Social y en la actividad de los organismos públicos cuya función afecte directamente a la calidad de la vida o al bienestar general.
Título VIII: De la organización territorial del Estado
Capítulo III: De las Comunidades Autónomas
Artículo 148
1. Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias:
20.ª Asistencia social.
21.ª Sanidad e higiene.
Artículo 149
1. El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:
16.ª Sanidad exterior. Bases y coordinación general de la sanidad. Legislación sobre productos farmacéuticos.
17.ª Legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas.
30.ª Regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, (educación) a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
3. Las materias no atribuidas expresamente al Estado por esta Constitución podrán corresponder a las Comunidades Autónomas, en virtud de sus respectivos Estatutos. La competencia sobre las materias que no se hayan asumido por los Estatutos de Autonomía corresponderá al Estado, cuyas normas prevalecerán, en caso de conflicto, sobre las de las Comunidades Autónomas en todo lo que no esté atribuido a la exclusiva competencia de éstas. El derecho estatal será, en todo caso, supletorio del derecho de las Comunidades Autónomas.
Como habéis visto, lo que en principio puede parecer muy largo en realidad no lo es tanto, ya que la Constitución Española no es muy larga y además se habla de muchas cosas.
Fijaos ahora cómo se trata cada una de las bases del Estado de Bienestar, para eso las he señalado cada una de un color diferente. Os comento la sensación que tengo al leer esto, que es muy personal. Cuando se habla de Educación, Sanidad y Seguridad Social, pienso que el legislador sabe de lo que habla, ya que es algo conocido para él. Cuando se habla de Servicios Sociales, no. En un artículo lo llaman “sistema de servicios sociales” y en otro “asistencia social”. Quizá sea porque los servicios sociales estaban sin desarrollar en aquel momento. No da la impresión de que los padres de la Constitución pensaran en los Servicios Sociales como un pilar fundamental. Tampoco se recogen los Servicios Sociales como una materia en la que el Estado ha de tener algún tipo de competencia exclusiva. Lo cuál es muy coherente con lo que hoy por hoy es la realidad. Recordemos que no hay una ley estatal de Servicios Sociales, tema que ya traté aquí.
Evidentemente todo ha cambiado, los Servicios Sociales se han desarrollado muchísimo desde 1978 y deberían tener un tratamiento diferente en la Constitución Española. En esta línea, hay una petición iniciada en la que se exige la modificación de la Constitución para que incluya el Derecho Fundamental de la ciudadanía a la cobertura del Sistema Público de Servicios Sociales, cuarto pilar del Estado de Bienestar. Podéis firmar aquí si lo creéis conveniente. Los que tenemos más relación con los Servicios Sociales vemos que los “gigantes” son Educación, Sanidad y pensiones. Pero de los Servicios Sociales nadie se acuerda. Esperemos que se les vaya recociendo, para eso estamos cada vez más dando la tabarra en blogs, foros, redes sociales, Marea Naranja y otras iniciativas relacionadas.
Segunda entrada dedicada a los precursores de la Política Social. El protagonista de la primera entrada fue Louis Blanc. Ahora es el turno de Lorenz von Stein.
LORENZ VON STEIN (1815-1890) fue un economista y sociólogo alemán.
Características principales de su pensamiento
En términos generales, durante el siglo pasado se le vio como el gran teórico de la Monarquía social, remedio contra las revoluciones socialistas incubadas en la onda revolucionaria de 1830.
La reforma social que tendría que poner en marcha esta Monarquía social habría de ser ejecutada mediante tres institutos básicos: el impuesto progresivo, la instrucción pública universal y el acceso a la propiedad. Se daba la circunstancia de que el salario de los obreros se había reducido al mínimo de subsistencia, con lo que la burguesía impedía a los obreros el acceso a la propiedad. Por esta razón estalló la revolución de 1848, que sería ante todo una revolución social. La única forma de contener tal tipo de revolución social era la Monarquía social, la cuál sería capaz de encarnar el ideal ético del estado, adoptando las medidas adecuadas para elevar la condición social del proletariado sin poner en peligro la estabilidad del orden social.
Se le ha comparado con Marx por su teoría de la sociedad.
Parte de las limitaciones del individuo, enfrentándolas con su capacidad de desear. Esta situación le hace infeliz y le lleva a asociarse con otros seres humanos para alcanzar sus fines. Así se fundan las comunidades humanas, incluso el mismo Estado.
Frente al Estado, que el autor concibe como “reino de la libertad”, la Sociedad es el “reino de la necesidad”, pues se justifica por razones meramente utilitarias. En ella la posición de los individuos se fija en función de la propiedad, la cual depende también del trabajo.
Plantea la dialéctica entre Estado y Sociedad. En esta dialéctica se encuentran el conflicto entre la propiedad y el trabajo, elemento fundamental para una buena inteligencia de la Política Social.
El Estado está históricamente enfrentado con la sociedad. En esta, el individuo es simplemente un medio, sujeto al ordenamiento jurídico. Únicamente el estado puede facilitar el desarrollo del individuo, liberándole.
Cabe destacar asimismo que Lorenz von Stein fue uno de los pensadores que influyó en una destacada teoría económica denominada ordoliberalismo. Esta corriente nació en la década de 1930 dentro de la Universidad de Friburgo. Según el ordoliberalismo, el Estado debe crear un adecuado ambiente legal para la economía y mantener un nivel saludable de competitividad a través de medidas que adhieran a los principios del libre mercado. En relación a esto, si el Estado no toma una posición activa para incentivar la competencia, emergerán monopolios (u oligopolios), que destruirán no sólo las ventajas del libre mercado, sino que posiblemente también afectarán la gobernabilidad, esto debido a que el poder económico también puede ser utilizado contra el poder político. Esta teoría está a favor de la propiedad privada y del impuesto progresivo para financiar el gasto público. Debe existir libertad contractual y de asociación (incluyendo sindical). Las negociaciones entre esas asociaciones o individuos se deben llevar a cabo sin intervención estatal, con la excepción de la imposición de un salario mínimo cuando las condiciones de trabajo o económicas llevan los ingresos a niveles incapaces de sostener las necesidades básicas de las familias.
Fuente: Politicas sociales. Carmen Alemán Bracho, Civitas Ediciones, S.L., 2009
Mano Negra es una banda musical que siempre me llamó la atención.
Cuando irrumpieron en España la inmigración era un fenómeno bastante nuevo y resultaba sorprendente ver ahí a franceses de segunda generación, seña distintiva de esta banda.
Recuerdo estar en casa por las mañanas preparándome para ir al instituto y escuchar uno de sus éxitos en nuestro país: EL SEÑOR MATANZA.
Comparto aquí parte de la letra.
Esta ciudad es la propriedad Del Senor Matanza!! Esa olla, esa mina, y esa finca y ese mar Ese paramilitar, son propriedad Del Senor Matanza Ese federal, ese chivato y ese sapo, el sindicato Y el obispo, el general son propriedad Del Senor Matanza Buenas jiniteras y alcohol, están bajo control, La escuela y el monte de piedad son propriedad Del Senor Matanza El decide lo que va, dice lo que no será Decide quien la paga dice quien vivirá Esa y esa tierra y ese bar son propriedad Del Senor Matanza Y a mi niero llevan pal monte Y a mi niero llevan pal monte Y mi niero que lo llevan y se van, Los que matan, pam pam, son propriedad Del Senor Matanza!! El decide lo que va, dice lo que no sera Decide quien la paga, dice quien vivira No se pueda caminar sin colaborar con su santidad, El Senor Matanza Y a mi niero llevan pal monte Y a mi niero pal monte Escuchalo gey! Su palabra es ley! El decide lo que va, dice lo que no sera Decide quien la paga, dice quien sufrira Esa y esa tierra y ese bar Son propriedad Del Senor Matanza Cuando no manda, lo compra Si no lo compra lo elimina!! … Esa linea de autocar, el Hotel y el Billar, Esa chica que se da, por el Bulevar, son propriedad Del Senor Matanza
En aquellos tiempos pensaba que hablaban de broma. Me preguntaba a qué se referían con eso del Señor Matanza. Parecía un cacique que tenía a todo el mundo aterrorizado. Si no colaborabas con él, si le llevabas la contraria… te fusilaba.
Posteriormente pude acceder al vídeo musical, ambientado en Colombia.
Si la letra es impresionante, el vídeo no se queda corto. Una ciudad llena de policías. Unos niños que no sonríen, algunos sí, pero muchos de los que salen tienen cara de circunstancias. Dan ganas de preguntarles a los colombianos quién es para ellos el Señor Matanza. Manu Chao, el vocalista de la banda, está en medio de todo el tinglado con unos niños, uno de ellos bailando. Parece que quieren poner un poco de buen rollo en ese ambiente tan tenso.
La verdad es que cuando escuché esta canción por primera vez, pensé automáticamente en América Latina, en África ¿cómo iban a ocurrir semejantes barbaridades en España?
Sin embargo ahora, cada día más, y en España, estoy viendo por todas partes al Señor Matanza.
Matanza de la Democracia, con esa supremacía arrolladora del Poder Ejecutivo controlando los Poderes Legislativo y Judicial.
Matanza de la Educación Pública con la LOMCE.
Matanza de la Sanidad y de las Pensiones con los numerosos recortes (enlace aquí sobre recortes sanitarios).
Matanza del Empleo. Esto es matanza sobre matanza.
MATANZA DE LOS SERVICIOS SOCIALES. Aquí se han utilizado múltiples armas. Entre ellas la reforma de la Ley de Administración Local. De esto trataré en posteriores entradas.
Y si nos queremos manifestar, ahí tenenos el nuevo proyecto de Ley de Protección de la Seguridad ciudadana, para callarnos la boca.
La única manera de hacer frente al señor matanza es el trabajo en equipo.
En eso estoy, y muchos estamos. Sé que cuento con vosotros. Gracias de nuevo por estar ahí.
PD: Por suerte hay personas que se preocupan por intentar que la situación de los demás mejore en estos tiempos tan convulsos. Algunas de estas personas crearon la iniciativa de “Parejas Orientadoras”, en la que me hacen una entrevista que os enlazo aquí. También la he incluido en la página “Sobre mí”.
Hoy comienzo una serie de entradas (que no vendrán seguidas), dedicadas a los precursores de la Política Social. Personas que se adelantaron a su tiempo, ya que su pensamiento influyó en las bases del actual Estado de Bienestar. La entrada de hoy tiene como protagonista a Louis Blanc.
LOUIS BLANC (1811-1882) fue un periodista e historiador francés. Nació en Madrid, ya que su padre fue funcionario de la administración española durante el reinado de José Bonaparte.
Características principales de su pensamiento
Uno de los conceptos ideados por este autor y que forma parte de la doctrina de los Estados Sociales es el “derecho al trabajo”.
Firmó una proclamación en la que se acordaba la creación de una comisión permanente encargada de mejorar la suerte de los trabajadores.
El gobierno provisional de la República Francesa encargó a Blanc la presidencia de una Comisión de Gobierno para los trabajadores, que organizó numerosos debates. El gobierno transigió con sus propuestas más de lo estrictamente necesario y se consiguió una reducción de la jornada laboral.
Propone la educación obligatoria y gratuita para los niños.
Su gran proyecto fueron los talleres sociales, que fracasó. Se trataba de una red de cooperativas de producción organizadas por el Estado y, en su caso, financiada inicialmente con crédito público.
Opina que la competencia constituye un sistema de exterminio para el pueblo y es causa del empobrecimiento y ruina para la burguesía.
Rechazó el trabajo infantil y los males físicos y morales implícitos en las largas jornadas de los adultos.
Con respecto a la burguesía, opinaba que la competencia condenaba a los empresarios a una lucha sin cuartel en la que solo cabía la victoria total o la desaparición del mercado.
Su objetivo con los talleres sociales era evitar las situaciones descritas en los dos últimos puntos anteriores.
A continuación adjunto una breve explicación de lo que fueron realmente esos talleres sociales. La propuesta de Blanc consistía en nacionalizar bancos, minas y ferrocarriles y montar los talleres sociales con el producto de su explotación. Los talleres estarían dotados del capital y la maquinaria necesarios y tendrían un mayor rendimiento que las empresas particulares. Serían además dirigidos por los propios obreros. Blanc elaboró un plan completo de socialización y cooperativismo por encargo del gobierno provisional al que pertenecía. En realidad solo se constituyeron unos talleres nacionales que tenían muy poco que ver con la propuesta de Blanc. La organización de los Talleres Nacionales era de tipo militar. Se encargaron de la ejecución de varias obras públicas. Funcionaron desde febrero hasta junio de 1848. Cerraron debido al cambio político tras las elecciones generales en la primavera de 1848.
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